Esta mañana, la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, emitió un comunicado. El objetivo era comunicar que desde la Nación se imputó administrativamente a la empresa Havanna por presunta publicidad engañosa e incumplimiento de oferta en sus cuentas verificadas de redes sociales.
Según la Secretaría, la compañía realizó publicaciones en las que ofrecía una caja navideña con productos de la marca a todos aquellos que compartieran su número de CUIL. Pasadas más de dos horas, expresó que se trataba de un engaño en conmemoración del Día de los Inocentes.
El escrito remarca que «de esta manera, Havanna habría infringido el artículo 4° de la Ley de Defensa del Consumidor (N°24.240)». La publicidad en su conjunto contiene información falsa sobre el ofrecimiento de productos y no cumple el deber de brindar información cierta, clara y detallada.
Por otro parte, estas publicaciones también infringirían el artículo 7° de la Ley 24.240 que prevé las condiciones en las que se tiene que establecer una oferta o promoción. Finalmente, el artículo 4° de la Ley 24.240 también contempla como información que debe brindarse lo establecido por el artículo 6° de la Ley 24.788 de Lucha contra el Alcoholismo.
Ahora, la empresa tiene cinco días hábiles para ofrecer su descargo frente a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo y continuará el proceso administrativo para determinar si corresponden sanciones.