Afip: extensión de beneficios a personas y empresas

En el día de hoy, la AFIP anunció la extensión hasta el día 30 de septiembre de la vigencia de diversos beneficios para personas y empresas. Esta extensión está fundamentada en el contexto sanitario que estamos viviendo por el coronavirus. Las decisiones están escritas en dos resoluciones generales publicadas este lunes en el Boletín Oficial.

Se prorrogó por un mes la suspensión de los embargos para las pymes y extendió la decisión de no iniciar ejecuciones fiscales. Además, se dispuso mantener durante el mes que viene un conjunto de medidas referidas a los planes de facilidades de pago.

Los mismos son:

-Planes de Facilidades de Pago Permanentes: se extienden los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la «adhesión temprana» a planes permanentes.

 -Condiciones para regularizar obligaciones: no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de las personas humanas que tramiten planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. Garantiza la posibilidad de regularizar esas obligaciones en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin que los contribuyentes se vean condicionados por su perfil de riesgo.

  -Régimen de facilidades de pago de planes caducos: se prolonga la adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social provenientes de planes caducos. La medida alcanza a empresas, monotributistas y autónomos.

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