ANSES: aumento en la pensión a familiares de víctimas del Covid

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda una pensión vitalicia para familiares de fallecidos por coronavirus, beneficio por el que se comenzará a pagar desde junio un total de $75.048.

Según informa MI ANSES, a través de su página web anses.gov.ar, la pensión está dirigida a cónyuges, convivientes e hijas/os de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del Covid.

Se trata de un beneficio que es compatible con otros programas, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación Universal por Embarazo (AUE) y también con las jubilaciones y pensiones.

El monto que se otorga por la pensión es equivalente a dos jubilaciones mínimas, por lo cual el aumento que se brindará el próximo mes para jubilados y pensionados por la Ley de Movilidad tendrá un impacto directo sobre este beneficio, ya que el haber mínimo jubilatorio será de $37.524,96.

La medida es aplicable a los fallecidos por coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2020. La condición necesaria para acceder a este beneficio adicional es que la víctima haya desempeñado trabajos esenciales durante el periodo entre el 1° de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de ese mismo año.

Por su parte, el organismo previsional continúa esta semana con el pago de la primera cuota del bono de $18.000, otorgado por el Gobierno para trabajadores informales, trabajadoras de casas particulares y monotributistas A y B.

Cómo realizar el trámite para cobrar la pensión a familiares de víctimas del Covid

El trámite se puede realizar en cualquier oficina de ANSES.

No es necesario haber aportado al régimen nacional, ya que el fallecido pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial; sólo se tomará en cuenta que su tipo de trabajo haya sido considerado esencial.

Al momento de realizar la gestión, el familiar debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.

La pensión se cobra desde el momento en que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite.

¿Quiénes pueden pedir esta pensión?

– Esposo, esposa o conviviente de la víctima.

– Hijos menores a cargo del fallecido: hasta los 21 años, salvo en el caso de los discapacitados.

– Personas a cargo del trabajador fallecido.

– Quienes hayan realizado tareas esenciales.

Fuente: Crónica

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