Decreto tibio: Tucumán anunció restricciones que no serán acatadas en todos los distritos

Tucumán es un crisol de distintas corrientes de la conveniencia y el sinsentido. En esa turbia conjunción, el Gobierno de la provincia anunció un protocolo que, de todas formas, no será acatado en todo el territorio. Ya anunciaron la desobediencia al difuso decreto por lo menos dos departamentos.

Ayer por la tarde sesionó el Comité de Operativo de Emergencia (COE) en el CIIDEPT y analizaron las nuevas restricciones que dispuso Nación, junto a los intendentes del Gran San Miguel de Tucumán.

El secretario del COE y ministro de Seguridad, Claudio Maley, expresó que “el cierre de las actividades nocturnas está establecido para las 23, pero habrá ciertas consideraciones, en caso que las personas puedan justificarse”. Destacó que “están suspendidas salas de juego bingos casinos, boliches y salón de fiesta, mientras que los teatros y cines abiertos con el 30 por ciento de capacidad”.

Sin embargo, el el intendente de San Miguel de Tucumán, Germán Alfaro, sostuvo que “solicitamos (a las autoridades del COE) que hagan una excepción, es decir que quienes ingresen al restaurante antes de las 23, puedan estar hasta las 0 horas. La noche en nuestra provincia llega más tarde que en Buenos Aires, por lo tanto, la gente cena más tarde”. Añadió que “la actividad gastronómica en nuestra ciudad nos permite dinamizar la economía”.

En tanto, Mariano Campero, de Yerba Buena, aseguró: “planteamos junto al intendente Alfaro la posibilidad de que los gastronómicos puedan trabajar hasta las 0 horas. El COE deberá analizarlo, sin embargo también creemos que la situación epidemiológica es grave”.

El intendente de San Isidro de Lules, Carlos Galia (manzurista adicto) indicó: “nuestra ciudad acatará las nuevas medidas y la gastronomía dejará de trabajar a las 23, caso contrario la gente se traslada. La curva es alta y debemos bajarla”.

El decreto provincial asegura lo siguiente en sus principales puntos:

  • Se suspenden las actividades en salas de juegos, casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.
  • Los teatros y cines pueden funcionar hasta el treinta por ciento (30 por ciento) del aforo (de su capacidad).
  • En los establecimientos dedicados a las actividades de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines y gimnasios se reduciría a un máximo del treinta por ciento (30 %) del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.
  • Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) deben cerrar entre las veintitrés (23) horas y las seis (6) horas del día siguiente (el decreto no aclara si pueden mantenerse dentro del local los clientes que llegaron antes de esa hora).
  • Restricción a la circulación nocturna. Con el objetivo de proteger la salud pública y evitar situaciones que puedan favorecer la circulación del virus SARSCoV-2, se establece la restricción de circular para las personas, entre las Cero (0) horas y las seis (6) horas.

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