Insólito: Leiva pretende desplazar a Sbdar y a Posse del tribunal que lo juzgará

La crítica situación de la Justicia tucumana podría transformarse ya en una suerte de película bizarra si, como pretende el vocal de la Corte Suprema Daniel Leiva, sus pares y máximas figuras de la institución provincial, Claudia Sbdar y Daniel Posse, se apartan de la causa que lo tienen como acusado y por la que, según considera gran parte de la sociedad, ya debería haber renunciado a su cargo para sostener la erosionada credibilidad de la institución.

Es que Leiva acaba de recusar a dos de sus pares en alto tribunal en la definición del Per Saltum. Con ello, cabe la posibilidad cierta de que ninguno de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán intervenga, finalmente, en el per saltum planteado por el juez Enrique Pedicone, por presunto tráfico de influencias, coacción y violación de los deberes de funcionario público en contra de Leiva.

Pero de tener éxito en este recurso (el per saltum), difícilmente Sbdar y Posse puedan intervenir en cualquier otra instancia de la causa, la más grave de la historia política de Tucumán en la historia reciente.

Pedicone pretende, con su Per Saltum, que su denuncia sea tramitada con el nuevo Código Procesal Penal, con audiencias orales y públicas, además de que a él se le otorgue rol de querellante. Ambas pretensiones le han sido denegadas en un fallo del juez conclusional Juan Francisco Pisa, en consonancia con el dictamen de la fiscala Mariana Rivadeneira, según informó el diario La Gaceta. Más información en este link.

Antes, dos de los integrantes del máximo tribunal provincial, Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campo se habían inhibido de participar en la decisión sobre el per saltum planteado por Leiva.

Las fundamentos

“Esta defensa explicó reiteradas veces que la mencionada denuncia (de Pedicone) se sostiene en pruebas ilegítimas y que, en definitiva, dan cuenta de un hecho que no encuadra en ilícito penal alguno. Todavía más: dejó absolutamente evidenciado que el obrar de Pedicone responde a su preocupación por el destino de numerosas causas en las cuales la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán dejó sin efecto sus determinaciones, a la vez que se presenta como un reflejo ante el apercibimiento que el mismo Tribunal le aplicó”, alegó Esteban Jerez, abogado defensor de Leiva en la causa.

“En consecuencia, habiendo intervenido Sbdar y Posee tanto en la conformación de las sentencias que revocaron las decisiones de Pedicone, como en el procedimiento administrativo que derivó en la sanción que se le aplicara al magistrado, fijando su posición al respecto en distintas oportunidades (Acordadas 730 y 782), hoy resultan testigos privilegiados del fundamento central de la defensa opuesta por esta parte. En ese sentido, no resulta menor que esas acordadas, en las que los vocales adoptaron una tesitura contraria a la de Leiva, fueron las que generaron que Pedicone iniciara la irracional medida de denunciar a Leiva como represalia ante la sanción. Por lo tanto, deben necesariamente apartarse de la presente causa, pues quedan comprendidos en la causal del inciso 1 del artículo 60 del Código Procesal”, sostuvo Jerez.

El ex fiscal anticorrupción sostiene, también, que tanto Sbdar como Posee son pares de Leiva, “motivo por el que su intervención en el proceso que lo tiene como denunciado compromete el estándar de imparcialidad, más allá de que sus condiciones personales y honorabilidad no resulten controvertibles de ninguna manera. Ciertamente, el estrecho vínculo institucional que poseen torna disvalioso que procedan al juzgamiento entre sí, pues deben mantenerse relacionados por innumerables asuntos que hacen a sus funciones. Partiendo de esa base, resulta claro que también tiene lugar la causal de apartamiento del inciso 12 del artículo 60 del Código Procesal”, sostuvo Jerez en su escrito.

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