Nueva extensión del aislamiento y distanciamiento: los detalles

Se oficializó la prórroga del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) hasta el 25 de octubre. Fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 792/2020.

Se aplicará ASPO en:

El Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) -que comprende a la ciudad de Buenos Aires y los 35 partidos de la provincia de Buenos Aires, y los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás y Tandil, del interior del territorio bonaerense.

También los departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco, de Chaco; los de Biedma y Escalante, en Chubut; los departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín en Córdoba; Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro, en Jujuy; Capital y Chilecito en La Rioja.

También, en Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato, en Mendoza; Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala, en Neuquén; las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en Río Negro; Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital, en Salta y Rawson y Capital en San Juan.

La nómina de localidades afectadas continúa con General Pedernera, en San Luis; Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia, en Santa Cruz; Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos, en Santa Fe; Capital y Banda, en Santiago del Estero; Río Grande en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y el departamento Capital en Tucumán.

Se aplicará DISPO, con las mismas características y protocolos que hasta el momento, los restantes distritos del país, lo que incluye a la totalidad de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa y Misiones.

Podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo con los parámetros establecidos por el Consejo Federal de Educación.

El Gobierno nacional también autorizó en todo el país las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales.

Seguirán sin poder utilizarse los servicios públicos de pasajeros de colectivos, trenes o subtes.

El DISPO se sigue aplicando a aquellas jurisdicciones en las que el sistema de salud cuenta “con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria”, y que no están definidas “por la autoridad sanitaria nacional como aquellas que poseen ‘transmisión comunitaria’ sostenida del virus SARS-CoV-2.2” y en las que la evolución de la cantidad de casos en las últimas dos semanas haya manifestado un descenso, según se dispuso.

Tanto en las zonas bajo el ASPO como en aquellas bajó el régimen DISPO deberán mantener el distanciamiento entre las personas, el uso de tapabocas, higiene personal y de superficies y la ventilación, de acuerdo con los protocolos sanitarios vigentes.

Siguen prohibidos los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas; los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.

Siguen sin poder realizarse los deportes en los que participen más de diez personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes; los cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados; y el turismo.

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