Testamento de D. Luis de Toledo Pimentel de Velasco, ilustre vecino del antiguo Tucumán.

Por Martín Javier Augier

Don Luis de Toledo Pimentel – de Velasco fue una figura conocida en el antiguo Tucumán. Fue cabildante de San Miguel de Tucumán, pertenecía a la elite colonial, lo más granado de la sociedad de aquel entonces, era un rico estanciero, y de prominentes viejos linajes, descendiente del Gobernador del Tucumán en 1586-1593, durante el reinado de Felipe II de España, y Gobernador del Río de la Plata y Paraguay, fundador de ciudades, fundador el 20 de mayo de 1591, de La Rioja Don Juan Ramírez de Velasco. Los Toledo Pimentel por su parte se cree emparentaban con los Duque de Alba, y condes de Benavente. Aunque no hemos podido documentar el entronque y eso más bien queda para la suposición de aquel entonces, y la de hasta hace muy poco, aún con la facilidad de hoy en día es difícil realizar el entronque. En Perú se encontraba don Fadrique Álvarez de Toledo y Enríquez, eran tiempos de virreyes, conquistadores, y verdaderos fundadores de ciudades.

Don Luis, al encontrarse cerca de su muerte testó dejando en claro a sus herederos, albaceas, hermanos, y deudores sus derechos y obligaciones, que veremos a continuación…

Testamento de don Luis de Toledo Pimentel y Ramírez de Velasco 1699

«En el nombre de Dios Todopoderoso, yo don Luis de Toledo y Velazco, vecino de esta ciudad de San Miguel de Tucumán, hijo legitimo del maestre de campo don Santos de Toledo Pimentel y de doña Mariana Ramírez de Velasco, ya difuntos, vecinos que fueron de esta ciudad, hallándome trabajoso con la edad de la senectud y sano de mi juicio, temiéndome de la muerte, cosa cierta a toda criatura aunque dudosa su hora, deseando poner mi anima en carrera de salvación, queriendo estar prevenido para cuando su Divina Majestad me lleve de esta vida, otorgo y conozco que a su gloria y servicio y de la Virgen Santa María, su bendita madre señora y abogada nuestra, a quien suplico sea mi intercesora, hago y ordeno mi testamento y última voluntad en esta forma: Lo primero, encomiendo mi ánima a Dios nuestro señor, su su redentor, y el cuerpo a la tierra de que fue formado, el cual mando que amortajado con el hábito del Señor de San Francisco, sea sepultado en su Iglesia del convento de esta ciudad, del cual he sido y soy sindico y acompañen dicho mi cuerpo el cura y sacristán y sea con entierro menor y en la sepultura que mis albaceas eligieren.

Mando que cundo mi cuerpo fuere sepultado, si fuere hora competente se me diga una misa de cuerpo presente, y si no lo fuera se me diga una al otro día, y se entiende que ha de ser con su vigilia y cantada.

Mando también que si digan por mi alma tres misas rezadas. Mando a las mandas forzosas tres reales cada una, con que las aparto de mis bienes, declaro que los dichos mi padre y mi madre murieron abintestato (sin dejar testamento) declaro como hijo mayor que todos los demás mis hermanos y como noticiado del caso, que por parte de la dicha mi madre no hubo esclavo alguno no por vía de dote, ni por vía de herencia, ni por otra vía, y que los que tuvieron fueron parte de mi padre.

Declaro que la estancia que tengo poblada de la otra Banda de Río Salí de esta ciudad, como cinco leguas río abajo y se llama el Río Grande de Salí, fue también de los bienes de mi padre. Declaro que dicha estancia tiene dos leguas de largo, y de ancho hasta confinar las tierras de Mancopa, sobre que me refiero dichos títulos, compra y real provisión de amparo, que em mi poder tengo y la posesión antigua de dichos mis padres y abuelos, y la que he tenido, en la cual estancia tienen mis hermanos parte, declaro que la dicha de mi madre, como heredera legitima que fue del Maestre de Campo don Pedro Ramírez de Velasco, su padre legitimo y de el gobernador Juan Ramírez de Velasco, su abuelo legitimo entro en la herencia de las chacras, viña, casas y demás bienes que quedaron en la ciudad de La Rioja, y de otros bienes que quedaron en otras partes. Declaro que la dicha de mi madre se casó en segundo matrimonio con el maestre de Campo Juan Galiano Chacón de Arce, de cual no tuvieron hijos. Declaró que el dicho Juan Galiano Chacón después de que murió mi madre pretendió los bienes de la dicha de mi madre, y también de la dicha de mi padre, lo cual consta en autos del litio de esta materia que pasaron ante los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia que residió en la ciudad de la Trinidad, Puerto de Buenos Aires. por el compromiso que hizo don Juan Ramón Toledo, mi hermano, sin haberlo dado yo poder para ello, en el cual compromiso habiendo asentido todos mis hermanos yo nunca quise ni he querido, ni la palabra, ni por escrito, ni por otra forma, ni tal cosas se hallará, declaro que no he recibido cosa alguna de dichos bienes que de entender por ningún camino, que por dicha razón compromiso lo haya recibido. Declaro que el Maestre de Campo don Pedro Ramírez de Velasco, mi abuelo fundó una capellanía de seis mil pesos en dichos sus bienes a favor de los conventos del Señor de Santo Domingo de la ciudad de La Rioja, y del Señor de San Francisco, cuyo patrón soy yo, según lo declara dicho mi abuelo en una de las clausulas de su testamento.

Declaro que el Padre Fray Francisco de Velasco, también mi hermano legitimo y religioso de la orden de Santo Domingo, después que murió mi dicha madre, se llevo los bienes de dichos bienes al reino de Chile dos esclavos y los vendió allá».

El testamento es largo a continuación declaró sus bienes uno vendido por su primo al sargento mayor Francisco de Olea, declara los títulos de sus estancias, y que es casado con Jerónima Costilla de Rojas, al mismo tiempo declara que durante su matrimonio ha procreado un hijo don Fernando de Toledo Pimentel, declara sus esclavos entre sus bienes y los hijos de estos. Declara deudor a su hermano don Juan de Toledo, de un vestido entero de paño de Quito, nuevo sin estrenar, capa, hongarina, y calzones, un par o dos, tres cuartas de lama naranjada, y manda se le cobre, también declara que el mismo hermano le debe un caballo bueno, y solicita se le cobre, su otro hermano don Sebastián de Toledo, le debe tres carretas nuevas de lapacho, toldadas, con bueyes suficientes y escogidos a su satisfacción, con la que gente de su servicio las llevó para La Rioja, sin haberle pagado ni valor real siquiera, «declaró que mi hermano don Fadrique de Toledo, lo tuve en mi casa como dos años sustentándolo y alimentándolo, y cuando se fue para el Perú, se avió no solo con sus mulas, sino también con las mías, y con lo demás necesario de mi casa para tan largo viaje, yo le perdono de mi parte con cargo y calidad de que en ningún tiempo quien tuviere su acción y derecho lo pretenda tener en las tierras de de la dicha estancia de Río Grande Salí».

Documento ilustrativo de un testamento.

Inventario de bienes de 1677. Loja. Granada

Archivo Histórico de Tucumán Serie A. Caja 5. Documentos coloniales. Manuel Lizondo Borda.

Homenaje a don Juan Ramírez de Velasco, fundador de La Rioja.

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