IFE: Cambios en los requisitos del beneficio

El Ingreso Familiar de Emergencia comenzó su tercer pago en esta semana. Casi 9 millones de personas están accediendo a este beneficio, por lo que está ocupando un lugar central en la agenda del gobierno. Son $10.000 para cada beneficiario los que resolvió entregar el gobierno, con la idea de que la pandemia no cause tantos estragos en las economías hogareñas de los argentinos.

En el día de hoy, el gobierno anunció modificaciones en el acceso al IFE, asegurando que quieren fortalecer la llegada a los sectores más vulnerables. El Ministerio de Trabajo publicó una resolución en el Boletín Oficial, con la decisión formalmente escrita. Un punto clave a tener en cuenta es qué pasará con los presos: «Aclárase que las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios”, se puede leer en el comunicado.

Entre otras cosas, se aclararon también los requisitos fundamentales y excluyentes para poder obtener el beneficio, entre ellos:

a. Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en la República Argentina no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud

b. Tener entre 18 y 65 años de edad.

  c. No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:

— Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

  — Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría «C» o superiores y régimen de autónomos.

  — Prestación por desempleo.

  — Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  — Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar.

   De estos requisitos están exceptuados los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.

Cabe aclarar que la ANSes tomó sus recaudos ante esta tentadora posibilidad de ayuda, y decidió requerir de la AFIP para que realice una evaluación económica y de patrimonio para denegar o aceptar cada solicitud.

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