Desde ahora los contratos de alquiler deberán ser declarados en AFIP

En el día de hoy, se oficiliazó la reglamentación del «Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles». Esto establece que los contratos deberán ser declarados ante AFIP a partir del primero de marzo próximo.

 Se publicó la Resolución General 4933/2021 en el Boletín Oficial, mediante la cual AFIP recordó que la Ley N° 27.551, promulgada por el Gobierno Nacional mediante el Decreto N° 580 del 29 de junio de 2020, introdujo cambios en la regulación de los contratos de locación, lo que implicó una modificación del Código Civil y Comercial de la Nación.

Ahora, se establecieron los lineamientos del «Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles» (RELI).

Deberán registrarse a través del «RELI», los contratos celebrados -por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros- correspondientes a:

— Locaciones de bienes inmuebles urbanos, así como las sublocaciones, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos.

  — Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, así como los subarriendos, con prescindencia de la modalidad o denominación que se le otorgue.

  — Locaciones temporarias de inmuebles -urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares.

  d) Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles – exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles – locales comerciales y/o «stands» en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, complejos, centros o «polos» gastronómicos, culturales, complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados, centros de convenciones, multieventos o similares, terrazas, sótanos, azoteas, etc.-, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos. No están comprendidos dentro de este inciso los alquileres de espacios de «góndolas».

   En todos los casos, se encuentran incluidos los contratos de locación celebrados electrónicamente mediante la utilización de plataformas digitales y/o aplicaciones móviles destinadas a tal fin.

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