Procrear II: cuáles son los requisitos y cómo anotarse

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat lanza desde este miércoles 21 de septiembre el formulario de inscripción para acceder al nuevo sorteo de viviendas en Desarrollos Urbanísticos del programa Procrear II.

Los hogares ubicados en 18 provincias de todo el país, contarán con un cupo límite de vacantes emplazadas en 900 unidades funcionales, que se asignarán según los requisitos detallados en el sitio oficial.

Procrear II 2022: cuáles son los requisitos para anotarse al nuevo sorteo

El conjunto de solicitantes que quieran anotarse al próximo sorteo del programa Procrear II para acceder a una de las líneas de crédito hipotecario destinada a la compra de viviendas nuevas en uno de los 18 desarrollos urbanísticos, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años;

No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción;

Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite;

Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país;

Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción;

Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero;

Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder;

Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente (tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente) entre 1 a 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVyM);.

Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada;

No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra;

Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente;

El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

  1. Matrimonio.
  2. Unión convivencial.
  3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

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